¿Qué es la carta de adecuación?

Es una carta certificada enviada por la ISAPRE al domicilio del afiliado, informando la adecuación en el precio base de su plan, con al menos tres meses de anticipación al vencimiento de la anualidad contractual (mes en que se firmó el contrato). Por ejemplo, si tienes un plan que vence en marzo, la ISAPRE deberá informar el alza a más tardar en diciembre del año anterior.

¿Es legal que las ISAPRE suban el precio base del plan de salud?

El artículo 197 de la Ley 18.933 establece que: “Anualmente, en el mes de suscripción del contrato, las Instituciones podrán revisar los contratos de salud, pudiendo sólo modificar el precio base del plan, con las limitaciones a que se refiere el artículo 198, en condiciones generales que no importen discriminación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y beneficiario…”

¿Cuál es el costo de nuestros servicios?

Es absolutamente gratis para ti, solamente debes firmar un mandato en Notaria y nuestra empresa asume dicho gasto notarial.

¿Cuál es nuestro beneficio?

El incentivo para nosotros es ganar el recurso judicial que interpondremos. De esa forma, la Corte ordenará a la ISAPRE a mantener el precio base de tu Plan de Salud y además la condenará a pagar las costas del juicio, las que constituirán nuestros honorarios.

¿Qué obtienes tú?

Como ya se dijo, al ganar el recurso judicial interpuesto en contra de la ISAPRE, la Corte le ordenará que no suba el precio base de tu plan de salud, y por tanto seguirás teniendo las mismas coberturas sin ningún reajuste.

¿Cuánto demora el proceso?

Entre 2 y 4 meses, según la ciudad y la Corte donde se tramite.